viernes, 14 de enero de 2011

Exijo una explicación a nuestros Derechos Ciudadanos


Al día de hoy tenemos más de 350 firmas de vecinos afectados o que se sienten molestos por el diseño de las obras en Avda. Quinto Centenario, estamos buscando soluciones, pero deseo expresar que siento en estos momentos:

Debo mencionar que este no es un derecho facultativo de los alcaldes o concejos municipales y que puedan restringir o ignorar: es un derecho ciudadano, impuesto por la ley con carácter de obligatorio para el correcto ejercicio de las Democracias Locales.

La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUB.DE.RE.) en uno de sus documentos nos informa que los municipios, son la principal puerta de entrada del ciudadano al Estado, para el ejercicio de sus derechos. Sin embargo, en la práctica, este supuesto, tiene algunos inconvenientes y los ciudadanos nos encontramos con diversos tipos de entorpecimientos que nos impiden ejercer o hacer que se respeten plenamente los Derechos Humanos, como lo es el derecho a la información u otros.

El concepto utilizado en las ordenanzas de diferentes comunas de nuestro país, deriva del propuesto por la Asociación Chilena de Municipalidades en el año 1999:


“Se entenderá por Participación Ciudadana, la posibilidad que tienen los ciudadanos de la comuna de intervenir, tomar parte y ser considerados en las instancias de información, ejecución y evaluación de acciones que apunten a la solución de los problemas que los afectan directa o indirectamente en los distintos ámbitos de actividad de la municipalidad y el desarrollo de la misma en los diferentes niveles de la vida comunal”.

Este concepto no da lugar a pensar en discriminación. Muy por el contrario, inmediatamente otorga la posibilidad, esto es, el derecho a participar (o no participar, es voluntario), interviniendo, tomando parte y siendo considerados en información, ejecución y evaluación de acciones que solucionen los problemas. Apunta directamente al derecho de estar informados, al derecho de emitir opinión, al derecho de ejecutar acciones, al derecho de evaluar las acciones implementadas por los alcaldes o municipios y que nos afecten.

En buen chileno, "podemos meter la nariz en la gestión pública" y cuando corresponda, levantar la voz y decir que las cosas se pueden hacer en forma diferente y ser escuchados, tomados en cuenta.

A modo de resumen, la Participación Ciudadana real y efectiva, es involucrarse, es ejecutar acciones; es evaluar acciones; es opinar; es sugerir; es reclamar; es denunciar; es ser escuchados; es ser considerados y tomados en cuenta; es transparencia; es mejoría de la gestión municipal y legitimidad de las políticas públicas.

Según los residentes, el municipio vulnera su derecho y consideran la medida ilegal y arbitraria. Lo anterior atenta contra los derechos garantizados por la Constitución Política de la República, indicados en el Artículo 19, especialmente en lo siguiente:

Nº 1 El derecho a la Vida y a la integridad física y psíquica de las personas:

Nº 7°. El derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. A) Toda persona tiene derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República trasladarse de uno a otro lugar y entrar y salir de su territorio, a condición que se guarden las normas establecidas en la Ley y salvo siempre el perjuicio de terceros.

Nº 8. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

Nº 9. El derecho a la protección de la salud. Porque no podremos acceder a ella en caso de emergencia.


Nº 24. El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.

Finalmente los vecinos aseguran que no están en contra del progreso de la comuna, pero "no con el riesgo de nuestras vidas, integridad física y daño sicológico, además de los daños colaterales que se produzcan por las obras de avda. quinto centenario".

EL CIERRE DEL LIBRE PASO VEHICULAR

- Obstrucción directa a la acción de apoyo policial, medico asistencia de emergencia, apoyo de la Compañía de Bomberos, etc.). De esta manera se pone en grave riesgo la seguridad y la salud de los vecinos de Belloto 2000.

- Paralización del Flujo de toda actividad comercial y financiera de todos los negocios o locales ubicados entre la Av. Quinto Centenario, a excepción de las grandes empresas que se instalan acá.

- El cierre del acceso directo a las instituciones educativas, ubicadas en calle Diaguitas y Avda. Quinto Centenario (Liceo de Gastronomía y Turismo, sala cuna, jardines infantiles).

- El cierre del libre acceso peatonal y vehicular de forma directa.

- No integración, ni libre acceso entre la zona Residencial y la Zona comercial.

ALEX OSSES DIMTER

JJVV. I-121 “AIMARA”

PRESIDENTE